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Cómo vender una vivienda VPO en Andalucía

Publicado por LookAndFindAlmeria en 17/05/2022
22 comentarios

La construcción de viviendas de protección oficial (VPO) es una iniciativa promovida por la Administración Pública para garantizar a todos los ciudadanos el acceso a una vivienda digna. Su compra tiene asociada una serie de beneficios, como por ejemplo un menor precio de compra. No obstante, deberíamos saber que, si posteriormente queremos vender la vivienda, quedará sujeta a unas limitaciones, las cuales son reguladas por cada Comunidad Autónoma.

En este artículo, te explicamos cuáles son todos los requisitos que las limitan y qué trámites hay que realizar para su venta. ¡Sigue leyendo!

¿Qué requisitos para vender una vivienda VPO existen en Andalucía?

Como inmobiliaria en Almería, nos centraremos, en la regulación llevada a cabo por la Junta de Andalucía.

Toda persona que quiera vender su vivienda de protección oficial antes de la finalización de su período protegido, deberá proceder según la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, y el Reglamento de Vivienda Protegida aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de julio, modificado por el Decreto 161/2018, de 28 de agosto.

¿Cuándo se puede vender una vivienda VPO?

En Andalucía, si no han pasado 10 años desde que se adquirió la vivienda, no podrá venderse.

Existen excepciones por las que el propietario de una vivienda protegida puede vender antes de que hayan transcurrido 10 años. En estos casos, deberá realizar una solicitud a la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de la provincia en la que se ubique la propiedad, justificando la decisión de venta. Los motivos contemplados en el artículo 26 del Reglamento de Viviendas Protegidas son:

  • Cambio en la situación laboral. Por ejemplo, un traslado de ciudad.
  • Incremento de los miembros de la familia
  • Convivir con un mayor de 65 años
  • Ser víctima del terrorismo
  • Ser víctima de la violencia de género
  • Situaciones sobrevenidas con incidencia en la unidad familiar. Por ejemplo, fallecimiento, discapacidad de algún miembro de la familia, divorcio o separación de la pareja.
  • Cuando las cuotas del préstamo hipotecario con el que se financia la adquisición superen la tercera parte de los ingresos familiares determinados de conformidad con lo que establezca el plan de vivienda vigente.
  • Transmisión de la vivienda entre cotitulares, debiendo, comunicarse, en el caso de adquirir la totalidad de la vivienda, a la Delegación Territorial correspondiente
  • Otras causas que establezca el Plan de Vivienda

Así mismo, si recibió ayudas por la compra de la vivienda y no ha transcurrido el plazo previsto en su regulación, deberá solicitar la liquidación de las ayudas percibidas, ajustándose al modelo de documentación y acreditar su reintegro previamente a la venta.

Documentación para vender una vivienda VPO

La documentación presentada a la Delegación Territorial competente deberá hacerse en los modelos normalizados aprobados al efecto disponible en el apartado “documentación” de la “información adicional” del procedimiento de comunicación de segundas y posteriores transmisiones protegidas del catálogo de procedimientos administrativos.

Una vez recibida la documentación, la Delegación Territorial resolverá si procede o no a la transmisión, y si ejerce o no el derecho de tanteo que tiene la Comunidad Autónoma

Es importante, aclarar que si la transmisión de la vivienda se realiza sin presentar las comunicaciones previas explicadas o antes del plazo establecido para el ejercicio del derecho de tanteo o en condiciones diferentes a las autorizadas por la Delegación Territorial, podrá ejercerse el derecho de retracto o imponer sanciones que procedan según los casos.

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En Look & Find Almería, somos expertos en la gestión de viviendas VPO.  Realizamos su gestión, sin ningún tipo de coste adicional, ya incluido en nuestro Plan. Consulta nuestro servicio para la venta de inmuebles para más información. 

Requisitos para comprar una VPO de segunda mano

Como he mencionado anteriormente, el comprador deberá reunir una serie de características para poder optar a comprar una vivienda protegida:

  1. Usar la vivienda como residencia habitual y permanente
  2. No tener otra vivienda en propiedad o poseerla en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio.
  3. Los ingresos de la unidad familiar no podrán superar un máximo fijado por el Plan autonómico de vivienda. El Plan actual establece los siguientes límites:
    1. 2,50 IPREM para Régimen Especial
    2. 4,00 IPREM para Régimen General
    3. 5,50 IMPREM para Precio Limitado. Puedes determinar los ingresos familiares desde esta Calculadora de índice ingresos familiares corregidos.

En muchas ocasiones se pierde el tiempo en gestionar llamadas y visitas de interesados que no cumplen los requisitos.  En Look & Find Almería estamos especializadados en gestión de VPO, contando ya con una base de datos de compradores que reúnen los requisitos en Almería.

 

Precio máximo venta VPO Andalucía

El precio de venta no podrá superar el máximo legal. La Junta de Andalucía pone a disposición del ciudadano una Calculadora del precio máximo de venta de una VPO para segundas o posteriores transmisiones.

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Como asesor inmobiliario especializado en la gestión de viviendas VPO, puedo ayudarte en todos los trámites. Puedes contactar conmigo para cualquier aclaración. Mariano Pérez, 666 414 516.

Acerca del Autor: Mariano Pérez

Soy arquitecto técnico de profesión, el sector inmobiliario me apasiona y cuento con una gran experiencia en el sector de la compra-venta de inmuebles. Mi labor principal es la de ofrecer conocimientos, consejos y asesoramiento personalizado a mis clientes.

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22 thoughts on “Cómo vender una vivienda VPO en Andalucía

  • Francisco Jose Santos Gómez
    en 24/01/2023

    Es posible la venta con el precio que determina la calculadora; o es necesaria la documentación que la junta aporta tras la presentación del formulario concreto??

    Cuanto suele demorarse todo el proceso, una vez que tengo comprador y es comunicado a la Junta??

  • Lidia
    en 02/02/2023

    Buenas. Tengo una duda: tengo un piso de VPO y me he trasladado de trabajo de Málaga al Rincón de la Victoria. La vivienda tiene 5 años. ¿Me darían el permiso para venderla?
    Gracias

  • Marcos
    en 26/02/2023

    Estoy interesado en comprar una vivienda de VPO en Benalmadena, ya está pagada, la señora me pide 172.000 € , 170 mil + 2 mil € por unos gastos de gestión en el cual ella tiene que contratar a alguien para que compruebe si yo soy apto o no para adquirir la vivienda, la quiero como residencia habitual y no tengo ninguna vivienda a mi nombre, es decir, sería mi única vivienda l de VPO, mi pregunta es¿ cuánto vale comprobar si soy apto o no para acceder a esa vivienda a precio libre, y otra si la
    Señora puede vender a precio libre totalmente después de haber paga el crédito ya completamente, la adquirió hace 20 años o si por el contrario no puede vender más alto al precio establecido según legislación por el valor de referencia?

    Muchas gracias

    • Look and Find Almeria
      en 19/09/2023

      Hola Marcos, disculpa responder ahora, pues en realidad las agencias inmobiliarias casi nunca se le cobra al comprador, por lo menos no en nuestro caso. En todo caso, si la vivienda esta descalificada es una venta normal, si usted tiene el dinero para comprarla puede hacer una oferta formal con contrato. En su otra pregunta, si ya no es una vivienda VPO puede vender a cualquier precio. Pero para asegurarse que esta comprando bien, puede hacer una tasación bancaria, si necesita hipoteca, es obligatoria.

  • pepe
    en 09/03/2023

    hola, compre una vivienda de vpo, a una persona que me la vendió una vez pasados los 10 años
    yo llevo uno ahora pero me planteo venderla , es posible o tengo q esperar otros 10 años

    • Look and Find Almeria
      en 19/09/2023

      Hola, ¿la vivienda ya está descalificada? necesitaríamos saber más de su caso, escríbanos al al-almeria@lookandfind.es

  • Steve
    en 16/03/2023

    es necesario instar la descalificación de la vivienda para venderla en régimen de venta libre, para que el comprador no tenga que reunir los requisitos de VPO, o esta se realiza automáticamente al cumplir el periodo de protección?

  • antonio
    en 25/03/2023

    tengo una vivienda de protección oficial en Cádiz y me interesa venderla

    • Look and Find
      en 19/09/2023

      Hola Antonio, disculpa responder ahora,¿ ha conseguido vender su vivienda?

  • Maria
    en 30/05/2023

    Hola. He vendido un piso de protección oficial en Andalucía. después de 30 años y solicité que me lo liberarán. Me gustaría saber si la venta paga igual a la hora de hacer la declaracion de la renta o paga menos que la venta de un piso que no es Vpo. Un saludo

    • Look and Find Almeria
      en 19/09/2023

      Hola, pagará lo mismo que una venta regular.

  • FATIMA
    en 19/09/2023

    Voy a comprar una vivienda de VPO (1996) a la que solo le faltan 3 años para su descalificación (30 años). Mi pregunta es si después de comprarla tengo que esperar 10 años para venderla o solo los 3 que faltan para su descalificación. Gracias

    • Look and Find Almeria
      en 19/09/2023

      Hola Fatima, solo los 3 años que faltan.

  • Sonia
    en 21/09/2023

    Hola, quiero vender una vía de VPO ,han pasado 19 años, soy de Antequera,que necesito ?

  • Luis
    en 02/11/2023

    hola:
    llevo 13 años con una vivienda VPO.¿ puedo pedir ya la descalificación aunque no piense venderla de momento. ?
    si la pido ¿tengo que devolver las ayudas?
    ¿el precio estaría fijado por la Junta de Andalucía?
    ¿no hay una fecha en años a partir de la cual la venta sea totalmente libre sin que la Junta intervenga en el precio ni en quien la compra?
    gracias

    • Look and Find Almeria
      en 18/01/2024

      Hola Luis, las viviendas de V.P.O. podrán ser descalificadas teniendo en cuenta los siguientes criterios:
      • Que hayan transcurrido 10 años desde la calificación definitiva o el plazo fijado en el programa al que esté acogida la vivienda, si fuese inferior.
      • Que la vivienda haya constituido la residencia habitual y permanente de su titular durante, al menos, los 5 años anteriores a la solicitud de descalificación.
      • Que la procedencia de los suelos en los que la vivienda está ubicada no impida la descalificación.
      • Que no se deriven perjuicios a terceros con la descalificación

      2.- La descalificación quedará condicionada, en su caso, a la devolución de las ayudas directas o indirectas que se hayan podido conceder incrementadas con sus intereses legales, y la autoliquidación de los beneficios fiscales correspondientes, que habrá de practicarse en el plazo máximo de tres meses desde su notificación.

      3.- Una vez descalificada, la vivienda quedaría libre, pudiéndose vender libremente a precio de mercado, como cualquier otra vivienda.

      4.- A partir de los 30 años desde la fecha de calificación definitiva, la vivienda queda libre.

      ¿Te gustaría una asesoría completa? Te ayudamos al 950 500 568

  • rosa
    en 17/01/2024

    Hola, recientemente me he comprado una VPO pero estoy pensando en venderla. Mis padres tienen más de 65 años. Ese sería un motivo para poder venderla sin penalización? La debería de vender por el precio que me ha costado? Gracias!

    • Look and Find Almeria
      en 18/01/2024

      Hola @Rosa
      Según el Reglamento de Vivienda Protegidas, la persona propietaria, previa autorización de la Delegación Territorial correspondiente, podrá transmitir la vivienda, alquilarla o ceder su uso una vez hayan transcurrido diez años desde la fecha de formalización de la escritura pública o, en el caso de promotores individuales para uso propio, desde la fecha de la calificación definitiva. Esta condición puede exceptuarse en los siguientes casos, contemplados en el artículo 26 del Reglamento de Viviendas Protegidas:

    • Cualquier cambio en la situación laboral.
    • Incremento de los miembros de la unidad familiar.
    • Necesidad de un miembro de la unidad familiar mayor de 65 años.
    • Ser algún miembro de la unidad familiar víctima del terrorismo.
    • Ser algún miembro de la unidad familiar víctima de la violencia de género.
    • Otras situaciones sobrevenidas con incidencia en la unidad familiar, entre otras, el fallecimiento o la discapacidad de alguno de sus miembros, o la nulidad, la separación matrimonial o de uniones de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho.
    • Tratarse de la transmisión de un porcentaje de la vivienda a quien ya fuese titular de parte de la misma. Se entenderán comprendidos en este último supuesto, las particiones de herencia y disoluciones de condominio y de sociedades conyugales, cuando una de las personas titulares adquiera la totalidad de la vivienda abonando en metálico el valor de la parte de las demás titulares.
    • Otras que establezca el Plan de Vivienda.
    • En el caso que nos comentas, habría que ver si tus padres forman parte de tu unidad familiar. ¿Viven contigo?
      Sobre el precio, se puede vender a cualquier precio siempre y cuando no supere el valor máximo legal.

      Para una respuesta más precisa y personal, indíquenos un tfno. de contacto y le daremos respuesta a todas sus dudas de forma personalizada. Escríbenos a marketingalmeria@lookandfind.es

  • Francisca Aragon Diaz
    en 26/02/2024

    compre ka vivienda de mis padres de protección oficial después de los 30 años Tengo que esperar 10 años para poderla vender ?

  • Daniel
    en 01/03/2024

    Buenos días!
    Quiero comprar una vivienda VPO pero su propietaria no dispone de la nota informativa que nos pide el gestor… (era la vivienda de sus padres y el hombre ya falleció). ¿Dónde puede conseguirla de nuevo?. Su madre aún vive, pero es muy mayor y no vive ya en la vivienda. ¿Puede venderme la vivienda a mi?

  • Maitexu
    en 18/03/2024

    Buenos Días , tengo una vivienda de VPO, sería posible vender el 50% de la vivienda a mi pareja ? Faltan 2 años para cumplirse los 30 años y pasar a ser libre . Muchas Gracias espero su información y se lo agradezco

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