Sus resultados de búsqueda

Cálculo de la plusvalía en Almería (IIVTNU)

Publicado por LookAndFindAlmeria en 20/07/2022
3 comentarios

La plusvalía municipal es el Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Este impuesto se genera por la transmisión de los terrenos de naturaleza urbana. No se tiene en cuenta la edificación existente, es decir, lo que se paga es debido a la transmisión del terreno en el que está construido el edificio. Su recaudación queda a cargo los Ayuntamientos.

A finales de 2021, el Tribunal Constitucional estableció una nueva normativa para la regulación de este impuesto, para adaptarlo a las fluctuaciones del precio de la propiedad y reconocer la ganancia real.

 

¿Cuándo se debe pagar la plusvalía en Almería?

El hecho imponible se produce cuando se transmite una propiedad. Por tanto, tendríamos la obligación de liquidarlo cuando se produzca su venta, herencia o donación. Los plazos para cumplir con el pago son los siguientes:

 

  • Venta de un inmueble o donación: 30 días hábiles y debe pagarlo el vendedor o la persona que recibe la donación
  • Herencia: plazo de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable hasta un año. Es obligación de los herederos

 

¿Cuándo No se paga la plusvalía municipal?

La Ley Reguladora establece que no se producirá la sujeción al impuesto en transmisiones en las que no existe incremento de valor. Para ello, habrá que demostrar que el valor a fecha de adquisición fue igual o menor que en la fecha de transmisión.

 

¿Cómo calcular la plusvalía en Almería?

El Real Decreto-ley 26/2021 establece un doble sistema para la determinación de la base sobre la cual calcular la plusvalía municipal. Es posible elegir la opción más beneficiosa.

 

Estimación objetivo

En este caso cada ayuntamiento dispone de unos coeficientes determinados según el plazo transcurrido desde la adquisición del terreno hasta su transmisión. A mayor tiempo de tenencia del inmueble, mayor incremento del coeficiente.

El cálculo es sencillo, habrá que multiplicar el valor catastral del terreno (puede encontrar su valor en el recibo del IBI) por el coeficiente anteriormente mencionado. Estos coeficientes son actualizados anualmente, en función del mercado inmobiliario.

El ministerio de hacienda establece unos coeficientes máximos, indicados en la siguiente tabla:

 

Tiempo de tenencia del inmueble Coeficiente
Menos de 1 año 0,14
1 año 0,13
2 años 0,15
3 años 0,16
4 años 0,17
5 años 0,17
6 años 0,16
7 años 0,12
8 años 0,10
9 años 0,09
10 años 0,08
11 años 0,08
12 años 0,08
13 años 0,08
14 años 0,10
15 años 0,12
16 años 0,16
17 años 0,20
19 años 0,36
20 años o más 0,45

Fuente: Idealista

Ejemplo práctico con estimación objetivo:

Se adquiere una vivienda en el año 2017 por 180.000€ y se vende en 2021 por 200.000€, por lo que el tiempo de tenencia fue 4 años. El valor catastral de la vivienda era 120.000€, donde 60.000€ era el valor del suelo.

 

Base imponible = Valor catastral suelo x coeficiente

Base imponible = 60.000€ x 0,17 = 10.200€

 

 

 

Estimación directa

 

Base Imponible = (Valor de transmisión de la vivienda – Valor de adquisición de la vivienda)  x  %  del valor catastral del terreno.

Ejemplo práctico con estimación directa:

 

  • Precio de venta de la vivienda: 200.000€
  • Precio de adquisición: 180.000€
  • Valor catastral del terreno: 120.000€
  • Valor del suelo: 60.000€
  • % del valor catastral del terreno: (60.000€ / 120.000€) x 100 = 50%

Base imponible = (200.000€ – 180.000€) x 50% = 10.000€

 

Como inmobiliaria en Almería, estamos especializados en la gestión de todos los trámites asociados a la compra-venta de inmuebles. Contacta ahora con nosotros para más información.

 


 

PLUSVALIA-ALMERIA

 

 

¿Vendes una propiedad y te gustaría saber cuánto debes pagar de Plusvalía?

Rellena el formulario para recibir un informe con el cálculo del impuesto

 

 

 

    Tu Nombre

    Tu Email

    Tu Teléfono

    Provincia (Ubicación del inmueble)

    Municipio (Ubicación del inmueble)

    Tipo de transacción

    Fecha de Adquisición / Compra

    Fecha de Venta / Transmisión

    Valor de Adquisición / Compra

    Valor de Venta / Transmisión

    Referencia Catastral

    Valor Catastral Total

    Valor Catastral Suelo

    Acepto la política de privacidad


    Responsable: RED INMOBILIARIA ALMERÍA, S.L.
    Finalidad: Gestionar y responder a las consultas o comunicaciones recibidas a través del formulario de Plusvalía.
    Legitimación: Consentimiento del interesado.
    Destinatarios: No se cederán datos salvo obligación legal.
    Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
    Información adicional: Puede consultar la información adicional en el siguiente enlace.

     


    3 thoughts on “Cálculo de la plusvalía en Almería (IIVTNU)

    • Cesar lopez
      en 14/01/2022

      Buenos días
      He intentado calcular la plusvalía para la ciudad de Almeria y el enlace te lleva a un simulador de calculo cuya actualización se hizo el 06/06/2016 pienso que ha habido modificación de la norma desde entonces.
      saludos

      • Look & Find Almería
        en 09/02/2022

        Estimado César López, hemos actualizado este artículo con nuevas herramientas, si quiere podemos asesorarle en persona, déjenos su teléfono.

    • Pingback: Impuestos y gastos por la donación de una vivienda en Andalucía

    Deja un mensaje

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

    • Buscar Propiedades

    • vender-casa-almeria

    Comparar propiedades

    ×
    Ir al contenido